Memorando del Secretario de Educación
Asunto: Garantizar la transparencia en la inscripción de educación superior
Por las autoridades que me dieron como Presidente por la Constitución y las Leyes de los Estados Unidos de América, dirijo:
sección 1. fondo. La Corte Suprema de los Estados Unidos ha determinado claramente que las consideraciones raciales en la inscripción de la educación superior violan los derechos civiles de los estudiantes, una falta persistente de datos disponibles, pero en combinación con el uso prolongado de rampa de “declaraciones de diversidad” y otros mandatos raciales obvios y ocultos, continúa planteando preocupaciones sobre si la raza se está utilizando en la práctica. Más transparencia es esencial para exponer prácticas ilegales y, en última instancia, eliminar las jerarquías raciales vergonzosas y peligrosas de la sociedad.
El Sistema Integrado de Datos de Educación Secundaria (IPEDS), administrado por el Centro Nacional de Estadísticas Educativas (NCES), juega un papel clave en la promoción de la transparencia en la educación superior en Estados Unidos. Sin embargo, IPEDS requiere actualizaciones de tecnología a largo plazo para escalar la recopilación de datos y cumplir con las misiones de manera efectiva.
Los estudiantes y contribuyentes estadounidenses merecen confianza en la equidad e integridad de las instituciones de educación superior de nuestro país, incluida la confianza de que están contratando y capacitando a futuros médicos, ingenieros, científicos y otros trabajadores importantes que son esenciales para la prosperidad de Estados Unidos. Las prácticas de admisión basadas en la raza no solo son injustas, sino que también amenazan la seguridad nacional y la felicidad. Por lo tanto, es la política de mi administración garantizar que las instituciones de educación superior con apoyo financieros federales sean transparentes en las prácticas de hospitalización.
Artículos de segunda clase. 2. Mejoras tecnológicas. (a) El Secretario de Educación deberá renovar la presentación en línea de los datos de IPEDS en consulta con los jefes de otros departamentos y agencias ejecutivas (instituciones).
(b) El Secretario de Educación, según corresponda, enmendará el portal de recopilación de datos de IPEDS y la revisión si es necesario, eliminará las ineficiencias y optimizará mejor el proceso de organización y uso de datos recibidos de la institución de manera más eficiente.
Artículos de segunda clase. 3. Requisitos de informes mejorados. (a) Dentro de los 120 días a partir de la fecha de este memorándum y para comenzar este año académico 2025-2026, el Secretario de Educación determinará el Secretario de Educación, según el Secretario de Educación, consistente con la ley aplicable. El Secretario de Educación publicará cualquier requisito de informes publicados.
(b) El Secretario de Educación aumentará las verificaciones de precisión de los datos enviados para garantizar la validez de los datos de IPEDS.
(c) El Secretario de Educación tomará remedios consistentes con el Título IV de la Ley de Educación Superior de 1965 y otras leyes aplicables si la Agencia no puede enviar datos de manera oportuna o si se encuentra que ha presentado datos incompletos o inexactos.
Artículos de segunda clase. 4. Regulaciones generales. Este memorándum no tiene la intención de beneficiar de manera sustancial o procesal para beneficiar el derecho o el interés de una parte a los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados o agentes u otras personas para hacer cumplir en la ley o en términos imparciales.
Donald J. Trump